Una división de Corpus Group
Corpus Legal
Servicios jurídicos y financieros
La división jurídica del grupo. Estructura, protege y transmite el patrimonio del cliente por la vía contractual, societaria, fiduciaria y tributaria, y lo defiende cuando la relación comercial termina en controversia.
Servicios

Derecho societario y corporativo
Diseño y mantenimiento de la estructura con la que opera y se gobierna la empresa.
Impacto en el negocio La forma societaria decide quién responde con su patrimonio, cómo tributa la utilidad y qué tan rápido puede entrar un inversionista o salir un socio. Corregirla después de un conflicto cuesta más y se negocia desde una posición débil.
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Financiero y fiduciario
Vehículos y garantías para aislar el activo del riesgo de la operación.
Impacto en el negocio El patrimonio autónomo separa el activo del riesgo del negocio y del acreedor del fideicomitente. Es lo que permite financiar un proyecto sin comprometer el resto del patrimonio, y lo que da a la contraparte una garantía ejecutable sin proceso judicial.
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Planeación patrimonial
Ordenar la tenencia del patrimonio antes de que un hecho externo la ordene.
Impacto en el negocio El costo de no planear no se paga hoy: se paga en la sucesión, en un embargo o en una separación, cuando ya no hay margen para elegir el vehículo. Estructurar antes convierte una contingencia de resultado incierto en un procedimiento previsible.
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Contractual
El contrato como instrumento de asignación de riesgo, no como formalidad de cierre.
Impacto en el negocio En la práctica el pleito se gana o se pierde en la redacción. La cláusula de ley aplicable, el foro y el régimen de garantías determinan dónde, en cuánto tiempo y con qué costo se cobra un incumplimiento, mucho antes de que exista una controversia.
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Solución de controversias comerciales y civiles
Reclamación y defensa del cliente en la disputa contractual, dentro y fuera del proceso.
Impacto en el negocio El instrumento decide el tiempo: un título ejecutivo se cobra en meses, mientras una pretensión declarativa se discute en años. Y como la conciliación extrajudicial opera como requisito de procedibilidad, la etapa prejudicial no es un trámite previo sino la primera oportunidad real de cerrar el asunto.
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